miércoles, 28 de febrero de 2007

Inmuebles: Nuevo Régimen de Información de AFIP

Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI)

El 11 de Diciembre de 2006, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la resolución general 2168/06, por la cual se instrumentó un Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI), con el fin de perfeccionar su labor de fiscalizador.

¿Quiénes son los afectados a inscribirse en este nuevo Registro?
Los sujetos que deben empadronarse son aquellos que de forma habitual realicen operaciones de compraventa o locación de bienes inmuebles, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros.
La habitualidad estaría dada por:
a) Intermediación en la compraventa y/o locacion de bienes inmuebles, percibiendo por ello una comisión o retribución, como en el caso de las inmobiliarias.
b) Alquiler o arrendamiento por cuenta propia de cinco o mas bienes inmuebles.
c) Cuando se perciban o devenguen a favor del propietario o condómino un monto igual o mayor a $8.000 mensuales o $96.000 anuales, por alquileres o arrendamientos, independientemente del número de inmuebles.
En el supuesto que existan modificaciones respecto de los datos informados o se produzca el cese, los sujetos empadronados deberán ingresar al Servicio de Registro de Operaciones Inmobiliarias para informar dichos eventos dentro de los 10 días hábiles de producidos.

Dónde, cómo y cuándo empadronarse
El empadronamiento de los sujetos afectados por la norma deberá hacerse desde el mes de Febrero y hasta el 16 de Marzo de 2007 inclusive, por medio de la página web del organismo www.afip.gov.ar, en la opción Registro de Operaciones Inmobiliarias.
El listado de sujetos empadronados será publicado en dicha página.
En el caso de aquellos sujetos que debiendo empadronarse no lo hicieran en los plazos establecidos, serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley de Procedimiento Fiscal.

Hay que subrayar que esta etapa es sólo la primera; seguramente luego se instrumentará un régimen informativo para aquellos que resulten afectados por esta norma.
Cuando tenga más información sobre este tema la publicaré en un nuevo artículo.

Entiendo que con este tema quedan todavía más dudas que certezas, sobre todo para quienes están considerando hacer algún tipo de inversión inmobiliaria en este momento, pero como sucede habitualmente en nuestro país -y sobre todo en años electorales- las agendas de quienes toman las decisiones se coordinan según cuestiones muy dispares.
Un consejo: paciencia y tranquilidad.

¡Hasta el próximo artículo!

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